JuiciotestigoEn este artículo se ilustra el rol que desempeña el psiquiatra en el sistema judicial en Estados Unidos. Se hacen recomendaciones importantes sobre el comportamiento del perito psiquiatra ante la corte, sobre cómo ser más creíble y eficiente, así como sobre la manera de evitar meterse en problemas. Se detallan aspectos de la presentación del psiquiatra forense como testigo experto. Por último, se dan consejos y sugerencias al respecto.


Autor: María Sweeney

Psiquiatra forense, San Antonio, Estados Unidos.
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El papel del perito es educar a la corte en materias que exceden el conocimiento del lego (1). De acuerdo con Hirsch, Morris y Moritz (2), entre el 50% y el 80% de todos los juicios necesitan reportes o testimonios médicos.

El propósito de este artículo es ilustrar acerca del rol que desempeña el psiquiatra dentro del sistema judicial en Estados Unidos. Se espera, además, proveer al lector de pautas útiles que le ayuden como perito a ser más creíble y eficiente y a evitar meterse en problemas. El entender cómo funciona esta área fascinante, que conecta la psiquiatría y la justicia en Estados Unidos, puede dar algunas luces al lector sobre cómo adaptar este conocimiento a su labor como psiquiatra forense en Colombia.

Tipos de testigos

El psiquiatra puede ser citado a testificar como testigo de hecho (percipiente) o como perito. Un testigo de hecho simplemente consigna sus observaciones directas. Generalmente a un psiquiatra no se le pide que exponga sus opiniones cuando sirve como testigo de hecho. En una minoría de jurisdicciones en Estados Unidos, sin embargo, la corte puede pedir a un psiquiatra tratante que dé su opinión (1). El perito, por otra parte, es un testigo con un conocimiento especial del tema del que se está dando testimonio (1). El perito, en todos los casos, debe hacer un dictamen y, en muchos otros, debe dar recomendaciones, basado en sus conclusiones.

El psiquiatra que ha sido calificado por la corte como perito puede cobrar honorarios a la parte que solicitó el dictamen (3). Las opiniones del psiquiatra tratante pueden parecer muy creíbles, ya que no son las opiniones de un psiquiatra a quien se le ha pagado por formularlas (1); sin embargo, las opiniones del psiquiatra tratante pueden ser vistas como las de un apologista, ya que éste tiene un deber fiduciario para con el paciente.

El sistema judicial en Estados Unidos

En Estados Unidos, los juicios se desarrollan dentro de un modelo acusatorio, es decir, los abogados son apologistas de las causas que representan (1). Existen tres niveles probatorios. En el derecho penal, el nivel probatorio es el más elevado, y debe estar "más allá de duda razonable" (nivel de certidumbre de 95%-98%). El proceso probatorio en este caso recae sobre el Estado, que debe demostrar que el acusado es culpable más allá de una duda razonable. El segundo nivel es "evidencia clara y convincente" (nivel de certidumbre de aproximadamente 75%) y atañe a algunos casos de derecho civil, como pleitos por la custodia de los hijos y la mayoría de las reclusiones civiles (civil commitments).

Las reclusiones civiles en Estados Unidos son procedimientos legales creados para proteger los derechos de libertad de los enfermos mentales. Cuando una persona, debido a una enfermedad mental, está en riesgo inminente de lesionarse a sí misma o a otros, puede ser privada de su libertad y enviada a una institución psiquiátrica en espera de una audiencia con la corte. El juez decidirá si el paciente debe permanecer en la institución para recibir tratamiento o si puede salir.

El tercer nivel probatorio es la "preponderancia de evidencia" (nivel de certidumbre justo por encima del 50%) y ocurre en la mayoría de los juicios civiles. En estos casos, la pena no es el encarcelamiento, la muerte, la privación de la libertad o la pérdida de patria potestad. El elemento disuasivo en este caso es la compensación monetaria. El proceso probatorio en los casos civiles recae en el demandante, quien debe demostrar que la contraparte causó los perjuicios.

Dictamen con certeza médica razonable

Al inicio de cualquier testimonio por parte de un perito en psiquiatría, se hará revisión de sus credenciales y se le interrogará acerca del examen clínico practicado y los antecedentes revisados. El abogado procede entonces a preguntarle al psiquiatra si se ha formado una opinión con una certeza médica razonable con respecto al asunto en cuestión (1).

Certeza médica razonable significa "más probable". En otras palabras, expresado matemáticamente, las probabilidades de certeza son del 51% o más (2). Cuando un psiquiatra forense se forma una opinión, debe estar seguro de que su opinión tiene 51% más probabilidades de ser cierta, que no cierta. Certeza razonable es el nivel mínimo de certeza requerido para expresar una opinión en la corte. Al testigo puede solicitársele, entonces, que explique en qué basa su dictamen, cuál es la información subyacente y la lógica empleada, paso por paso, para llegar a esas conclusiones.

Ética, verdad y apología

El perito con ética debe resistir la tentación de asumir un papel de defensor (4). Es una falacia asumir que el perito psiquiatra puede ser completamente imparcial, pues, cuando se ha formado una opinión, es de humanos identificarse con esa opinión y desear que gane la parte que apoya sus conclusiones (5). Sin embargo, una vez que el psiquiatra comparece ante el estrado, se debe esforzar por preservar la verdad de manera imparcial, así como su integridad profesional. La información relevante no se puede mantener en secreto (6). El perito no debe ir más allá de los datos disponibles o de las bases académicas de su testimonio (7).

Un perito ético puede aumentar su credibilidad reconociendo de manera apropiada hechos del caso que no favorecen su dictamen, las limitaciones de éste y las situaciones hipotéticas en las cuales su dictamen sería distinto (1).

Credibilidad

Es de suma importancia que el testigo establezca credibilidad. Ésta se puede dividir en tres componentes:

1. Pericia: incluye las credenciales del testigo, su entrenamiento y su pericia. 2. Confiabilidad: se refiere a la sinceridad del testigo y a la apariencia de objetividad. 3. Dinamismo: refiriéndose al estilo de proferir durante el testimonio (8).

La confiabilidad puede ser de mayor importancia que las credenciales para lograr credibilidad (9). Los estudios demuestran que vestir de manera conservadora aumenta de manera sustancial la credibilidad del testigo (10). El estilo de lenguaje del perito tiene un impacto considerable sobre su credibilidad (11). Los oradores con poder son directos y dan más respuestas de una sola palabra que los oradores sin poder.

Los oradores sin poder usan con más frecuencia lo siguiente:

• Intensificadores (sí, muy, seguro): "seguro que sí".
• "Cercos" (especie de, creo, me imagino).
• Gramática muy formal.
• Muletillas (eh, bueno, pues).
• Gestos (usan las manos para señalar al decir "allá").
• Formas interrogativas (entonación interrogativa en contextos declarativos).
• Cortesía excesiva (por favor, gracias, señor).

Los abogados de la contraparte pueden buscar atacar al perito en las siguientes áreas: credenciales, sesgos (trabajar siempre para una de las partes, pagos, reuniones previas al juicio), suficiencia (duración del examen, privacidad u obtención de información corroborativa) y validez (diferentes formaciones teóricas predisponen al psiquiatra para llegar a conclusiones distintas con base en los mismos datos) (1).

Preparación para dar testimonio

Antes de aceptar cualquier remisión legal, el psiquiatra se debe asegurar de que no existe un conflicto de interés actual, ni siquiera en apariencia (1). El conflicto de interés en general hace referencia a cualquier cosa que, en la corte, pueda parecer como si el testigo estuviera inclinado hacia alguna de las partes, ya sea por razones personales o laborales.

El psiquiatra debe mencionar al abogado consultante lo que a su parecer podría ser un conflicto de interés. Muchas veces, lo que nos parece un conflicto de interés no lo es en realidad. Un ejemplo de esto es una experiencia que tuvo la autora durante su entrenamiento como psiquiatra forense. El profesor director del programa estaba involucrado como testigo del demandante en una demanda civil de supuesta brutalidad policíaca. El mismo Departamento de Policía lo llamó para que trabajara en otro caso, esta vez, del lado de la defensa. El profesor pudo trabajar en ambos casos, pero fue honesto y antes de llegar a un acuerdo informó del hecho al abogado.

El perito forense siempre debe solicitar al abogado contratista que ponga por escrito tanto el asunto legal específico como el estándar legal del caso. Las tarifas y pagos también se deben aclarar completamente. El psiquiatra forense debe formalizar acuerdos por escrito, en los cuales se comprometen a pagarle por hora, y se le debe dar un anticipo antes de que el psiquiatra comience a trabajar en el caso. Para el momento en que el psiquiatra debe comparecer ante la corte o dar su declaración, todas las horas que ha trabajado en el caso deben haber sido canceladas. El motivo de esto es que el abogado de la contraparte puede utilizar el hecho de que el psiquiatra no ha sido pagado como un argumento para convencer al jurado de que el psiquiatra está trabajando por contingencia y hacerlo parecer como un "pistolero", o destruir su credibilidad.

En todos los casos, sin excepción, el psiquiatra tiene la obligación de informar al sujeto que está evaluando acerca de la ausencia de confidencialidad. Esto se debe hacer al comienzo de la evaluación. El experto también debe especificar qué personas recibirán una copia de la evaluación (1). En caso de que el testimonio sea dado por el psiquiatra tratante (testigo de hecho), la confidencialidad médico-paciente puede o no ser respetada en la corte. La mejor manera de manejar esta situación es que el psiquiatra solicite hablar con el juez en su recinto privado. El psiquiatra debe explicarle al juez por qué considera que dicha información puede ser irrelevante. El juez, sin embargo, es quien toma la decisión final. El psiquiatra que cumple las directrices del juez no puede ser demandado civil ni penalmente. Si el psiquiatra no accede a las directrices del juez, puede ser declarado en desacato (1).

Declaraciones expertas

También llamadas examen antes del juicio, las declaraciones expertas permiten que una de las partes en un pleito interrogue a un testigo potencial, bajo juramento, en presencia de la contraparte y del estenógrafo. El estenógrafo reducirá la declaración del testigo a una transcripción. Si las partes están de acuerdo, la declaración puede ser grabada en audio o video. Después de que la transcripción esté disponible, el declarante cuenta con treinta días para revisarla y corregirla. El experto deberá explicar las razones para cada una de sus correcciones.

Las declaraciones tomadas para preservar un testimonio en el evento de que un testigo no esté disponible para el juicio se llaman declaraciones de evidencia (evidence depositions). Este tipo de declaraciones usualmente adhieren a los procedimientos usuales de interrogatorio directo y cruzado, y frecuentemente se filman para ser vistas durante el juicio (1). Es importante tomar cada pregunta como un elemento separado, ya que la declaración puede ser editada antes de ser exhibida en el juicio.

La declaración de descubrimiento (discovery deposition) está diseñada para recoger información antes del juicio. Casi todas las preguntas son formuladas por el abogado opositor. En litigios civiles cumple un rol muy importante, porque puede tener un impacto significativo en las negociaciones de arreglo. Más del 90% de los casos se negocian sin llegar a juicio (1). Durante la declaración de descubrimiento el abogado busca conocer los hechos y opiniones del testigo de la oposición, medir sus fortalezas y debilidades y recoger "munición" para el interrogatorio en el juicio (1).

Pautas para testigos (12)

1. Diga la verdad. Una mentira puede hacer perder el caso. Decir la verdad, sin embargo, va más allá de evitar decir una mentira. Decir la verdad requiere que un testigo dé testimonio exacto y puntual acerca de lo que sabe.

2. Antes de contestar una pregunta, asegúrese de que la entendió completamente. Si no entendió una pregunta, no vacile en decirlo. Pida que se la formulen de otra manera.

3. Si no sabe la respuesta a una pregunta, simplemente diga que no sabe. No adivine, o concuerde con el examinador, sólo para evitar parecer estúpido o desagradable.

4. Tómese su tiempo. Piense en las preguntas el tiempo necesario para entenderlas y formular su respuesta. No dé una respuesta súbita, y no se demore mucho en contestar, pues el jurado puede pensar que se está inventando la respuesta.

5. "¿Ha hablado con alguien acerca de este caso?". Muchas veces los testigos piensan que no deben discutir con el abogado u otros testigos sobre lo que van a declarar. No dude en afirmar que ha hablado con el abogado (u otra persona). No se deje amedrentar por el abogado que intenta hacer parecer que estuvo mal el prepararse para esta experiencia inusual. Si le preguntan qué le dijo el abogado que declarara, afirme: "Me indicaron que dijera la verdad".

6. Hable duro de manera que todos lo escuchen. No mastique chicle y mantenga las manos lejos de la boca.

7. Vístase de manera convencional y acicálese bien. No use joyas llamativas ni prendas que no está acostumbrado a usar o que lo hagan sentir incómodo.

8. No brinde información voluntariamente. Simplemente conteste la pregunta formulada.

9. Aténgase a los hechos. No dé su opinión o conclusiones.

10.Si ha cometido un error o ha afirmado algo equivocado, asegúrese de informar a su abogado lo más pronto posible, o infórmele al abogado que lo está interrogando que ahora recuerda otra cosa, o que se le olvidó mencionar algo, o que cometió un error.

11.No se irrite ni se enoje. Cuando el abogado de la oposición lo interroga, o lo acusa de malinterpretar los hechos, manténgase tranquilo, ya que éste es su trabajo. No será de ayuda en el caso si muestra enojo. No pierda los estribos, no importa qué tanto lo presionen. Tampoco intente batirse con el otro abogado a punta de ingenio.

12.Si no está seguro de una respuesta, declare que su respuesta es lo que recuerda o que cree que la información es correcta, o que su respuesta probablemente es lo que sucedió.

13.Preguntas de "sí o no". Algunas preguntas se pueden contestar con un sí o un no. Algunos abogados intentan forzar al testigo a contestar de esta manera aun cuando no sea justo. Si conoce la respuesta y la puede contestar con un sí o un no, hágalo. Si llega a sentir que no puede contestar sin dar una explicación, declare que no puede contestar solo "sí" o "no" y que le gustaría contestar la pregunta con una explicación. El juez usualmente le permitirá explicar su respuesta.

14.Tiempo y distancia. Si la cuestión del tiempo o la distancia surge en una pregunta que le han formulado y no está seguro del tiempo o de la distancia, declare que su respuesta es la mejor estimación que puede hacer. Por ejemplo, si le preguntan cuánto tiempo estuvo en un lugar en particular, y a menos de que haya timbrado la hora de entrada y de salida, su respuesta probablemente será un valor cercano, de manera que puede afirmar: "estimo que aproximadamente dos horas". Si el abogado opositor le pregunta si pudo haber sido más (o menos), considere si realmente esto es una posibilidad y en qué grado. Podría decir: "Sí, pudo haber sido más, pero según recuerdo fueron dos horas". Si da una respuesta en cuanto a la distancia y dice que eran aproximadamente 15 metros y le preguntan si podrían haber sido 25 metros, considere la respuesta de igual manera. Su respuesta podría ser: "Sí, es posible, pero en realidad creo que eran como 15 metros".

15."¿Está seguro?". Al preguntarle si está seguro de una respuesta, el querellante puede intentar ponerle una trampa. Usted debe decidir por sí mismo si está, o no, seguro. Si está seguro, afírmelo. Si no está seguro, pero considera que está en lo correcto, declare: "Así fue como sucedió. Como lo declaré es como lo recuerdo, pero es posible, por supuesto, que esté equivocado".

16."¿Alguna otra cosa es posible?". Si el abogado de la contraparte le pregunta si es posible que otra persona estuviera allí en lugar del defendido, o que algo distinto sucedió, deténgase a pensarlo. Si no lo es, diga no. Si sólo se está basando en lo que recuerda, y piensa que es posible que no notara algo, podría declarar: "Sí, es posible, pero ésta es la manera en que yo lo recuerdo". De otro modo, repita lo que sabe que sí sucedió.

17.Nunca diga "nunca". Evite decir cosas como "Yo nunca haría eso". Asuma que el otro abogado sabe lo que usted sabe. No niegue algo que es cierto sólo por evitar pasar una vergüenza, o porque teme el impacto que pueda tener su respuesta. Usualmente, el acceso a ese tipo de información es menos dañino para el caso que comprobar que el testigo de la defensa ha mentido, así sea en algo pequeño. Negaciones en falso pueden abrir la puerta a todo tipo de preguntas acerca de su vida y a convocar otros testigos.

18.Desacuerdo con otros testigos. No cambie su declaración, aun cuando otros testigos estén en desacuerdo. Los testigos con frecuencia ven las cosas de distinta manera. Simplemente diga la verdad, así como usted la recuerda.

19.Sea cortés. Así dará una buena impresión ante la corte y el jurado. Asegúrese de contestar "Sí, señor" y "No, señor" y de dirigirse al juez como "Su Señoría" ("Your Honor").

Conclusiones

Cualquier psiquiatra general, bueno y competente, puede ser un experto forense. En opinión de la autora, ser un psiquiatra forense experto es un arte que se adquiere con la experiencia. A pesar del poco tiempo que llevo trabajando en Estados Unidos como psiquiatra forense extranjera, me he ido sintiendo más cómoda al declarar ante la corte. Mis informes forenses también han mejorado, no sólo han ganado en calidad, sino que los puedo escribir con mayor facilidad.

Las relaciones con el abogado contratante deben ser de colegas, pero también muy profesionales. Sin embargo, es prioritario que el perito psiquiatra imponga límites con el abogado contratante, desde el principio. Los abogados son defensores de sus clientes, y nosotros no lo somos. Es importante informar desde el primer contacto si estamos en capacidad o no de ayudarlos en su caso. Por la misma razón, nunca debemos trabajar por contingencia (según el resultado), sino que debemos ser remunerados por hora.

En algunos casos se paga una tarifa fija por reporte o por testimonio, como en algunas cortes de condado en Estados Unidos. En este caso, el juez es la persona que solicita el dictamen. El hecho de trabajar en el modelo acusatorio de justicia, donde cada una de las partes involucradas tiene la misma oportunidad de convocar testigos y sondear sus casos, hace que la labor del perito forense sea un desafío interesante.

Bibliografía

1. Resnick PJ. Guidelines for courtroom testimony. In: Rosner R, editor. Principles and practice of forensic psychiatry. 2nd ed. New York: Chapman and Hall; 2003.         [ Links ]

2. Hirsch C, Morris RC, Moritz AR. Handbook of legal medicine. 5th ed. St. Louis: The Mosby Company; 1979.         [ Links ]

3. Hirsch HL. Physician as witness: rights, duties, and obligations. J Leg Med (NY). 1975;(3):40-3.         [ Links ]

4. Curran WJ, McGarry AL, Petty CS. Modern legal medicine, psychiatry and forensic science. Philadelphia: F. A. Davis, Co.; 1980.         [ Links ]

5. Diamond B. The fallacy of the impartial witness. Archives of Criminal Psychodynamics. 1959;3:221-36.         [ Links ]

6. Halleck SL, Appelbaum P, Rappeport JR, Dix G. Psychiatry in the sentencing process. Washington: American Psychiatric Association; 1984.         [ Links ]

7. Brodsky SL, Poythress NG. Expertise on the witness stand: a practitioner’s guide. In: Ewing CP, editor. Psychology, psychiatry, and the law. Sarasota: Professional Resource Exchange; 1985. p. 380-411.         [ Links ]

8. Bank SC, Poythress NG. The elements of persuasion in expert testimony. J Psychiatry Law. 1982:10;173-204.         [ Links ]

9. Appelbaum RL, Anatol K. Strategies for persuasive communication. Columbus (OH): Charles E. Merrill; 1974.         [ Links ]

10. Tanton RL. Jury preconceptions and their effect on expert scientific testimony. J Forensic Sci. 1979:24;681-91.         [ Links ]

11. Lubet S, editor. Expert testimony: a guide for expert witnesses and the lawyers who examine them. Louiseville (CO): National Institute of Trial Advocacy; 1998.         [ Links ]

12. Hingson III JH. Pointers for witnesses, "defusing, daring, daunting, debilitating depositions". Reno: American Academy of Forensic Sciences; 2000.        [ Links ]


Fuente: SWEENEY, María. EL PSIQUIATRA COMO TESTIGO EXPERTO. rev.colomb.psiquiatr. [online]. 2005, vol.34, suppl.1 [cited  2010-05-25], pp. 12-20 . Available from: <http://www.scielo.org.co/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S0034-74502005000500003&lng=en&nrm=iso>. ISSN 0034-7450.