antropologiaEl desarrollo de la Antropología Forense en la Argentina se halla relacionado con el período de violaciones a los derechos humanos que sufrió el país entre el periodo 1976 y 1983, y no a una decisión académica o a la iniciativa del sistema medico legal.
La necesidad de investigar científicamente crímenes cometidos por el Estado, con ocultamiento de cuerpos, y no hechos cometidos por particulares, hizo que la definición y el campo habitual de desarrollo de la disciplina en el mundo anglosajón, se ven transformados, para abarcar lo que habitualmente se conoce como investigación previa de la desaparición así como en enfatizar el contacto directo entre el antropólogo forense y los familiares de las victimas con sus comunidades.
Los 25 años de trayectoria del Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF), con trabajos de investigación en más de 35 países del mundo, ejemplifican lo complejo que es el análisis forense de casos de violencia política, con connotaciones jurídicas, religiosas y culturales específicas, que no deben ser excluidas del contexto de trabajo.


Introducción

El desarrollo de la Antropología Forense (AF) en la Argentina no se debió a una decisión meditada del ámbito científico ni a una iniciativa de los cuerpos periciales que integran el sistema judicial en el país. Su nacimiento y desarrollo, por el contrario, está totalmente ligado a los procesos políticos que sufrió el país en la década de los sesenta y setenta y a sus consecuencias.

Concretamente, nos referimos a la dictadura militar que se instaló en el país mediante un golpe de estado el 24 de marzo de 1976, derrocando a un gobierno constitucional e instaurando un gobierno que permanecería en el poder hasta el año 1983. Si bien el país estaba sometido a la interrupción reiterada, por parte de las fuerzas armadas, de gobiernos elegidos democráticamente, esta última intervención tuvo un carácter diferente: la violación constante de los derechos humanos de los ciudadanos, la instalación de prácticas como el secuestro, la tortura, la ejecución extra judicial y el ocultamiento de los cuerpos de sus víctimas. Entre 10.000 y 30.000 personas fueron secuestradas en todo el país y pasaron a formar parte de lo que se denominó “detenidos desaparecidos”. La mayoría de ellos eran personas jóvenes (obreros, estudiantes militantes políticos y opositores al régimen en general) que luego de ser secuestrados eran llevados a centros clandestinos de detención (CCDs), torturados y, en la mayoría de los casos, finalmente asesinados. Esta práctica de desaparición sistemática de personas sumía a sus familiares en la angustia y la incertidumbre, generando además un profundo terror en amplios sectores de la sociedad.

En algunos casos, los cadáveres de estas personas aparecían en la vía pública, y eran enterrados sin identificación como NN en cementerios municipales de todo el país. En otros casos, los secuestrados eran subidos con vida en aviones militares y arrojados al mar Argentino y al Río de la Plata. Sólo unos sesenta cadáveres, producto de esta práctica, fueron hallados en costas argentinas y uruguayas. Nunca se encontró el resto de los cuerpos, cuyo número es aún indeterminado.

En diciembre de 1983 un nuevo presidente civil fue elegido democráticamente y, ante el clamor de gran parte de la sociedad, se impulsaron una serie de medidas que permitieran saber qué había sucedido con las miles de personas desaparecidas y quiénes eran los responsables de tales hechos. La necesidad de investigar lo sucedido se convirtió en una demanda fundamental de los familiares de las víctimas y de amplios sectores de la sociedad.

A través de una “comisión de la verdad” (Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas, CONADEP) y de la actuación de la Justicia, el estado argentino intentó dar una respuesta a los familiares de las víctimas y juzgar a los responsables de los hechos.

Es en este contexto post dictadura donde la necesidad de exhumar e identificar cuerpos que se hallaban enterrados en cementerios, se torna una necesidad apremiante para los jueces a cargo de las investigaciones.

Los cuerpos periciales, dependientes del poder judicial y de las fuerzas de seguridad -policías-, presentaban una serie de factores que los hacían no aptos para la tarea:

a) o contaban con la confianza de los familiares de las víctimas, ya que habían sido parte del sistema oficial durante la dictadura y en varios casos cómplices de ella.

b) no tenían la capacidad técnica ni la experiencia para exhumar cuerpos que ya se hallaban esqueletizados ni para analizar restos óseos.

Prueba de esta impericia es que, durante el periodo 1983-84, estos especialistas forenses participaron en cientos de exhumaciones realizadas de manera incorrecta con palas mecánicas o por sepultureros, destruyendo o mezclando restos, perdiendo piezas óseas y realizando análisis deficientes que no dieron resultados.

En cuanto al ámbito académico, si bien en el país existían arqueólogos y antropólogos físicos con experiencia en el análisis de restos óseos en casos no forenses, no ofrecieron su colaboración y la universidad no quiso involucrarse en las investigaciones.

Esta situación, que sumía a miles de familiares en la desesperación y la incertidumbre sobre qué hacer, hizo que fuera necesario recurrir a especialistas forenses extranjeros, específicamente estadounidenses, quienes a principios de 1984 llegaron al país para colaborar en la tarea, a solicitud de Abuelas de Plaza de Mayo. La llegada del Dr. Clyde C. Snow, antropólogo forense estadounidense y uno de los fundadores de la disciplina, marca el origen de la aplicación y desarrollo de la AF en la Argentina. Su trabajo, pionero en este campo, hizo que 25 años después la ciencia cumpliera un papel fundamental en la investigación de desastres masivos y casos de violencia política que requerían la exhumación y análisis de cuerpos esqueletizados.

En ese proceso la antropología forense cumplió, y aún cumple, un rol esencial en la exhumación de cuerpos que se hallan enterrados en sepulturas comunes e individuales y en el análisis de los restos recuperados, con fines identificatorios y de esclarecimiento de la causa de muerte.

La utilización de la ciencia en el ámbito legal

Si bien es ampliamente conocido el rol del médico en las investigaciones que tienen que ver con la determinación de la causa de muerte de una persona o su identificación, en la mayoría de los países, incluso desarrollados, la aplicación de otras disciplinas científicas, como la arqueología, la entomología, la antropología física o la geología, es infrecuente o desconocida por los encargados de administrar justicia o por los integrantes de los servicios periciales (médicos o especialistas en criminalística).

Argentina no fue la excepción a esta tendencia, y por ende casi ningún juez o fiscal consideró la posibilidad de que un arqueólogo podría lograr mejores resultados que un bombero o un criminalista en una exhumación; o que un antropólogo forense podía realizar un análisis completo y exhaustivo de unos restos óseos.

Hacia 1984, la primera tarea a realizar fue la educación del sistema judicial y médico legal, lo que no fue sencillo. Esto implicaba por ejemplo, que una exhumación que habitualmente hacia un sepulturero en treinta minutos se extendiera a una exhumación arqueológica de varias horas o días, obviamente con resultados muy diferentes. Algo similar sucedía con el análisis de los esqueletos recuperados. Los médicos forenses no estaban habituados al análisis de restos óseos, sus conclusiones eran muy generales, con una metodología y procedimientos en desuso, utilizando por ejemplo tablas de sexo y edad de fines del siglo XIX, sin profundizar en las variaciones biológicas o en otras particularidades de la población.

Para hacer más complejo el panorama, al tratarse de casos políticos y no criminales ordinarios, la investigación sobre la identidad de los restos se hacía más dificultosa, ya que la información ante mortem habitual no se hallaba, o no se podía utilizar, debido al tiempo transcurrido, a la destrucción o el ocultamiento de archivos, o a que los restos ya estaban esqueletizados.

La ausencia de bases de datos unificadas sobre la diversa información necesaria en la investigación de los casos de desaparición forzada en el país; la falta de claridad en las competencias y de coordinación entre los distintos organismos intervinientes; así como la carencia de voluntad política, hacía muy difícil la tarea de búsqueda e identificación de los restos de las víctimas.

Esto hizo necesario que poco a poco la aplicación de la antropología forense, como es entendida por ejemplo en los Estados Unidos, fuera transformándose abarcando no solamente la fase de análisis de restos óseos, sino también la fase de recuperación arqueológica y, más importante, la llamada investigación preliminar, que intenta recuperar toda la información del caso, formular hipótesis sobre dónde puede estar enterrada la persona desaparecida y llevar a cabo el contacto con los familiares y los posibles testigos del hecho.

En este sentido, el trabajo del EAAF desde sus inicios en la década de los ochenta, introduce cambios en el campo de la antropología forense aplicada a la investigación de casos de desaparición forzada y la búsqueda e identificación de los restos de las víctimas:

- Miembros de una ONG se convierten en peritos oficiales de la justicia en la investigación antropológica forense del caso. Esta articulación entre el estado y la sociedad civil sigue resultando infrecuente incluso en la actualidad.

- Su concepción y su práctica es multidisciplinaria.

- Se abarcan todas las fases de la investigación, salvo la penal (en cuanto al señalamiento de los responsables de los delitos), con la producción de un informe pericial en el que se detallan las distintas fases de análisis del caso y las conclusiones finales.

- Se mantiene un contacto permanente tanto con los familiares de las víctimas, como con testigos, sobrevivientes de CCDs, e incluso responsables de los hechos.

- A través de formación, difusión y trabajo permanente, con el tiempo se logra cambiar la actuación de la mayoría de jueces y fiscales en el país, tanto en lo que respecta al conocimiento de las posibilidades de la antropología forense, como de la idoneidad del nombramiento de peritos arqueólogos y antropólogos en la investigación de este tipo de casos.

Las etapas de investigación

En general, podemos hablar de tres fases en la investigación de un caso forense:

- Investigación preliminar: recuperación y análisis de fuentes orales y escritas: formulación de hipótesis.

- Recuperación arqueológica del cuerpo y evidencia asociada: análisis e interpretación de hallazgos.

- Análisis de laboratorio: identificación de las víctimas y determinación de la causa de muerte.

1. Investigación preliminar:

Agrupa la investigación histórica del hecho (qué, quién, cuándo, dónde, cómo, porqué, por quién), la obtención de las listas de víctimas y la información tanto histórica (ocupación, actividades, militancia, relaciones, etc.), como física referida a cada una de ellas (datos físicos, médicos, odontológicos, etc.), así como la investigación de los posibles lugares de detención, muerte e inhumación (registros, testigos, arqueología). Dicha información permite la construcción de hipótesis y líneas de seguimiento de los casos en cuanto a la identidad de las víctimas y los responsables, la ubicación de las posibles fosas, y la reconstrucción de los hechos.

Aunque parezca obvia la premisa, la investigación histórica debe realizarse de manera exhaustiva antes de iniciar las etapas de recuperación y análisis de los cuerpos. Este orden no siempre se cumple.

Para ello se debe disponer de una serie de fuentes escritas y orales en la investigación.

Entre las fuentes escritas podemos citar:

- Denuncias efectuadas por los familiares o testigos ante ONG´s y organismos oficiales.

- Actuaciones de organismos oficiales en el momento de los hechos (investigaciones judiciales, investigaciones policiales/militares, actas de levantamiento de cadáveres, huellas dactilares y fotografías de los cadáveres, informes de autopsia, certificados de defunción, actas de inhumación, notificaciones de entrega de cadáveres, etc.).

- Informes de inteligencia policiales/militares.

- Informes de organizaciones políticas.

- Informes de comisiones investigadoras.

- Información aparecida en prensa.

- Huellas dactilares de las víctimas antes de la desaparición.

- Fotografías de las víctimas.

- Fotografías aéreas, mapas, etc.

- Estudios académicos.

Entre las fuentes orales podemos citar las entrevistas personalizadas con:

- Diferentes miembros de la familia.

- Testigos de los hechos.

- Compañeros de militancia política.

- Sobrevivientes de centros de detención.

- Agentes estatales que tuvieran intervención en la detención, procesamiento del cadáver, entierro.

- Médicos, odontólogos que hayan atendido a las víctimas.

Indudablemente es necesario conocer el contexto en el que se desarrollaron los hechos, los agentes actuantes, el modus operandi de los cuerpos de seguridad estatal y de los grupos armados, la organización de los organismos del estado y de los grupos de militancia, la burocracia habitual en el tratamiento de cadáveres (al margen del aparato clandestino), las costumbres locales, los aspectos religiosos o creencias, etc. para poder rastrear y analizar la información de manera adecuada.

Toda la información recuperada debe ser volcada en bases de datos creadas específicamente, con el fin de acotar las búsquedas y contar con hipótesis específicas de trabajo.

2. Investigación arqueológica. Excavación de fosas:

En ella se lleva a cabo la localización y excavación de los lugares de entierro (fosas clandestinas o no), así como la recuperación de evidencia ósea y artefactual (balística, objetos asociados, etc.).

Como premisas, podríamos decir que la excavación es un proceso único, los errores cometidos durante el proceso no se pueden reparar. Lo que se recupera no son sólo restos humanos y artefactos, sino también información. No se trata solamente de excavar y recuperar un cuerpo sino de interpretar el hallazgo en el contexto adecuado, relacionándolo con la investigación preliminar y el análisis de laboratorio.

Cada contexto requiere una estrategia específica y un diseño de recuperación adecuado a la situación. Por ejemplo, la recuperación de cuerpos enterrados en un pozo es diferente en varios aspectos a la recolección en superficie de un cuerpo esqueletizado, tanto a nivel técnico como logístico.

En el análisis, excavación e interpretación de los lugares de la muerte o la inhumación es frecuente encontrar problemas como la deficiente preservación del área, la manipulación de la evidencia por personal no capacitado (sin la presencia del médico y/o antropólogo), la realización de diagnósticos apresurados en el lugar, y la competencia entre distintas profesiones o disciplinas (policía, bomberos, médicos, arqueólogos, etc). Esto generalmente lleva a la recuperación incompleta de los restos y evidencia asociada, pérdida de evidencias importantes, destrucción de restos, pérdida del contexto de la inhumación, duplicación de informes y actas (contradicciones en la información), errores en la cadena de custodia, etc.

Existe indudablemente una serie de aspectos a evaluar previamente al inicio de cualquier excavación o recuperación de restos. Aspectos logísticos, evaluación del contexto legal y político, calidad de la información procedente de la investigación preliminar, acceso a testigos y al área, información a familiares de las víctimas y permisos, capacidad técnico/científica, seguridad, presupuesto, etc.

Es recomendable una visita previa al área bajo investigación, de ser posible con los testigos primarios y/o secundarios, en orden de precisar la ubicación de lugares y fosas, a través del cruce de versiones, reconocer las características del terreno (tipo de suelo, vegetación, fauna, etc.), ubicar la fosa con GPS o referencias fijas, conocer el acceso al área, la seguridad (para testigos, familiares, investigadores, fosa), comunicaciones, infraestructura en el área (alimentos, agua, alojamiento, transporte, etc.). Y por supuesto, evaluar si se cuenta con el equipo profesional y material mínimo adecuado para llevar a cabo la excavación.

Dicha excavación y recuperación de los restos óseos y objetos asociados deberá realizarse con técnicas arqueológicas, con el fin de no sólo no dañar o perder evidencias, sino recuperar toda la información contextual necesaria para el análisis del lugar como lugar de entierro y/o muerte.

Deberá realizarse un registro escrito, gráfico y fotográfico de los lugares de excavación que permita describir los hallazgos, fundamentarlos y posibilitar revisar el contexto original una vez alterada la fosa y retirados los restos.

3. Investigación antropológica. Análisis de laboratorio:

Una vez concluidas las fases anteriores, se procede al estudio de los restos óseos y objetos asociados, con el que se completará el proceso de análisis de la información.

Como dijimos anteriormente, dicho análisis tiene una doble vertiente, la identificación de las víctimas y el esclarecimiento de la causa de la muerte o de las lesiones producidas en la víctima alrededor del momento de la muerte.

Una vez que se tiene una descripción global del historial ante y perimortem, se realiza una comparación de los datos obtenidos en la investigación preliminar (datos físicos, médicos, dentales, etc.) con los derivados del análisis osteológico.

La identificación dependerá de múltiples factores, como la cantidad de huesos presentes, las condiciones de conservación de los restos, el estado de los restos (mezclados, fragmentados, etc.), la calidad de la investigación previa, el acceso a registros médicos de las víctimas, el acceso a muestras de sangre de familiares, etc.

Es necesario tener en cuenta que el ADN es un recurso más, no el único, en la identificación.

Con la información resultante de las tres fases se elabora un informe que detalla de manera conjunta la información obtenida y que será entregado a las dependencias judiciales o administrativas correspondientes.

Dependiendo del organismo que autoriza la excavación (judicial, comisión investigadora, organismo administrativo estatal, etc.), los restos serán entregados a los familiares, con resguardo generalmente de la evidencia asociada a través de documentos de custodia por parte de los equipos forenses o de los organismos oficiales actuantes.

Antropología Forense y Derechos Humanos

Si bien cada contexto tiene sus particularidades, existen una serie de patrones que se han observado en la mayoría de los casos y que suponen rasgos diferenciales en las características y las posibilidades de afrontamiento de la investigación en este campo, que los distinguen de las que existen en casos de desastres masivos.

- El Estado es el responsable (victimario), no un individuo aislado.

- Existe una superposición de niveles de actuación del Estado, algunos de carácter claramente clandestinos –en especial en lo que hace al secuestro, tortura y ejecución de sus víctimas- y otros legales, burocráticos, administrativos, en lo referente al procesamiento de los detenidos y sus cuerpos.

- Las acciones del estado quedan registradas en documentos oficiales, algunos públicos, y otros secretos y confidenciales, pero en general no hay acceso a dicha documentación, es restringido o demorado.

- Existe un ocultamiento de los cuerpos, ya sea dentro de cementerios o en áreas fuera de ellos.

- Falta de apoyo del Estado. Obstaculización o dilatación del proceso de investigación.

- Ausencia de testigos. En muy pocos casos se han encontrado victimarios que den información fidedigna sobre el destino de los cuerpos y la ubicación de las fosas. En el caso de testigos de las muertes o familiares de las víctimas, son frecuentes las amenazas y represalias.

- Información distorsionada en distintos medios. La prensa refleja de diferente manera los sucesos.

- Presencia o poder político de los responsables de las muertes.

- Las investigaciones usualmente comienzan largo tiempo después que la violencia cesa, no durante, lo que dificulta la tarea.

- Ausencia de datos ante mortem. Pérdida de registros médicos, distorsión del recuerdo de datos físicos con el tiempo en los familiares.

- Cuerpos esqueletizados, generalmente en mal estado de preservación.

- Falta de recursos.

- Angustia, temor e incertidumbre de gran cantidad de familias y víctimas. La desaparición es un proceso que se perpetúa en el tiempo. No saber si su familiar está vivo o muerto, la falta de cuerpo, la no respuesta del Estado, son todos procesos que afectan no sólo a los familiares directos de la víctima sino también a amplios sectores de la comunidad.

Frecuentemente se asume que la investigación de este tipo de hechos se puede desarrollar de manera similar que un caso criminal ordinario o un desastre masivo. Sin embargo estamos ante delitos mucho más complejos, donde el Estado y toda su maquinaria son los principales responsables.

A pesar de las posibles diferencias culturales, religiosas o ideológicas que pueden observarse en diferentes partes del mundo, hay semejanzas en el impacto que produce una desaparición por razones políticas en las familias. Los familiares de los desaparecidos normalmente no reciben noticias sobre lo que ha sucedido con ellos y son dejados totalmente desinformados sobre los hechos. No saben si están vivos o muertos, precisamente porque las autoridades responsables de la desaparición se niegan a darles información.

Además el sistema judicial no investiga sus casos y por años viven en una especie de limbo de incertidumbre. Incluso en países donde las familias saben que sus seres queridos han sido posiblemente asesinados, aún se aferran a la posibilidad de que puedan volver con vida. Hasta que los cuerpos son encontrados o su muerte es confirmada no puede haber ritos funerarios ni fin de la búsqueda. Por lo tanto en cada caso hay dolor, angustia, miedo y una vida familiar y social profundamente perturbada, junto con una necesidad de recuperar los restos y poder darles un entierro adecuado, y cerrar -al menos parcialmente- la impotencia que produce la ausencia de respuestas.

En cualquier proceso que implique la documentación científica de violaciones a los derechos humanos más allá de utilizar los procedimientos técnicos adecuados, se hace necesario contemplar las necesidades y deseos de los familiares de las víctimas. En muchas ocasiones son excluidos del proceso. Debemos entender que ellos no son “clientes” sino una parte central del proceso.

A modo de conclusión

Es importante añadir, que en nuestra experiencia, las familias más allá de la recuperación de los restos, esperan respuestas, y que es necesario informarles de los hallazgos hasta el punto que sea posible y que ellos soliciten. Muchos familiares esperan ver los restos antes de su inhumación, y aunque el estado de los mismos no es reconocible, existe una búsqueda de referencias propias (arreglos dentales, lesiones ante mortem, etc.) a pesar de lo exhaustivo que haya sido el análisis y el informe de identificación. Entendemos que es el derecho de los familiares el disponer de la información que se deriva de la investigación y, si lo solicitan, es su derecho el poder ver los restos, recibir respuestas por parte de los forenses encargados y realizar los actos sociales o religiosos que decidan.

La verdad, la justicia, la memoria, la reparación y la reconciliación, no son conceptos abstractos, no pueden ser frases hechas, huecas, sin contenido. Por el contrario deben construirse sobre hechos concretos, que den respuestas específicas a los familiares. En tal sentido, la búsqueda e identificación de los cuerpos es un elemento central para poder comenzar a llenar de contenido esos conceptos.

Las investigaciones forenses son procesos que mas allá de lo técnico, tienen consecuencias Judiciales, Psicológicas, Humanitarias, Económicas y Políticas, las cuales deben ser consideradas y evaluadas antes del inicio de las tareas.

Hasta el momento, el EAAF ha trabajado durante 24 años en la investigación de violaciones de Derechos Humanos en aproximadamente 40 países. Aunque en cada país, grupo cultural, étnico o religioso, proceso político o método represivo existen diferencias evidentes, hemos aprendido que la necesidad de los familiares de respuestas, de respeto, de apoyo y de dignificación de las víctimas es básicamente la misma. Los principios fundamentales en los que se sustentan los derechos humanos no son meras palabras suscritas en convenciones, son compromisos tanto del Estado como de sus ciudadanos.

Si bien la justicia es ciega, y debe serlo, la ciencia no debe ser abstracta o muda.q

Bibliografía sugerida

- Bernardi, P. and Fondebrider, L., Forensic Archaeology and the Scientific Documentation of Human Rights Violations: an Argentinean example from the early 1980s. In Forensic Archaeology and Human Rights Violations, Edited by Ferllini, Roxana, Ch C Thomas, 2007. [ Links ]
- Doretti, M. and Fondebrider, L., Perspectives and Recommendations from the field: Forensic Anthropology and Human Rights in Argentina. Presented at the 56th Annual meeting of the American Academy of Forensic Sciences, Dallas, 2004. [ Links ]
-Doretti, M. and Fondebrider, L, Science and Human Rights: Truth, Justice, Reparation and Reconciliation: A long way in Third World countries. Archaeologies of the Contemporary Past, Edited by Buchli, V. and Gavin, L. Routledge, 2001. [ Links ]
- Fondebrider, L., Uncovering Evidence: the forensic sciences in human rights. A tactical Notebook published by the New tactics Project of the Center for Victims of Torture, 2004. [ Links ]
- Fondebrider and Doretti, M., Forensics. Encyclopedia of Genocide and Crimes against Humanity, Edited by Dinah Shelton, by Thomson Gale/Macmillan, 2004. [ Links ]
- Fondebrider, L. Reflections on the scientific documentation of Human Rights violations. International Review of the Red Cross, Vol. 84, No. 848, , December 2002. [ Links ]
- Fondebrider, L. and Mendonca, M.C., Model Protocol on the Forensic Investigation of Death Suspected to have been caused by a Human Rights Violation. Office of the United Nations High Commissioner for Human Rights, 2001. [ Links ]
- ICRC. The Missing: Action to resolve the problem of people unaccounted for as a result of armed conflict or internal violence and to assist their families Human remains & forensic sciences Electronic Workshop 02.2002 - 03.2002 [ Links ]
- Human remains: Law, politics & ethics 23.05.2002 - 24.05.2002. [ Links ]
- Human remains: management of remains and of information on the dead. 10.07.2002 - 12.07.2002. [ Links ]
- Naciones Unidas - Comisión de Derechos Humanos: Informe del Secretario General sobre derechos humanos y ciencia forense presentado de conformidad con la resolución 1992/24 de la Comisión de Derechos Humanos. Ginebra, Suiza, 5 de febrero de 1993. [ Links ]
- Naciones Unidas - Comisión de Derechos Humanos: Informe del Secretario General sobre derechos humanos y ciencia forense. Ginebra, Suiza, 7 de febrero de 1994. [ Links ]
- Robert, P., Bachman, D., The Use of Forensic Anthropology. CRC Press, USA, 1996. [ Links ]
- Skinner, M., Sterenberg, J.: Turf wars: authority and responsibility for the investigation of mass graves, Forensic Sci. Int.151 (2005) 221–232. [ Links ]
- Skinner, M., Alempijevic, D., Djuric-Srejic, M.: Guidelines for international forensic bioarchaeology monitors of mass grave exhumations, Forensic Sci. Int. 134 (2003) 79–90. [ Links ]
- Skiner, M., Planning the archaeological recovery of evidence from recent mass graves. En Forensic Science International, 34: 267-287, 1987. [ Links ]
- Snow, C. The investigation of the human remains of the ‘disappeared’ in Argentina. Am J Forensic Med Pathol. 5: 297-300, 1984. [ Links ]
- Snow, C., Forensic Anthropology in the documentation of Human Rights Abuses. Am J Forensic Med Pathol. Vol.5, No.4, 297-299, 1984. [ Links ]
- Tedeschi, L., Methodology in the forensic sciences: documentation of human rights abuses. Am J Forensic Med Pathol. 5: 301-4, 1984. [ Links ]


Fuente: 

SALADO, M.  y  FONDEBRIDER, L.. El desarrollo de la antropología forense en la Argentina. Cuad. med. forense [online]. 2008, n.53-54, pp. 213-221. ISSN 1135-7606.  http://dx.doi.org/10.4321/S1135-76062008000300004.